El Gobierno Municipal se ha reunido esta tarde y a través de un comunicado de prensa transmite a la ciudadanía de Puente Genil las siguientes declaraciones:”condenamos y manifestamos nuestro más enérgico rechazo, a los agravios de los que ha sido objeto la sociedad pontana y sus instituciones, haciendo uso de las redes sociales, así como en la manifestación del pasado 2 de septiembre”. Al mismo tiempo,”consideramos inadmisible la campaña premeditada de desprestigio, insultos e infamias, de la que han sido víctimas el Ayuntamiento, partidos políticos, sindicatos, medios de comunicación, empresarios, asociaciones civiles, cofradías y ciudadanía pontana en general”.

Entienden que”no debemos consentir la descalificación repetida y constante de las instituciones democráticamente elegidas por nuestro pueblo y de sus representantes, del poder judicial y de los cuerpos y fuerzas de seguridad, mediante insidias y difamaciones intolerables en un estado de derecho”.

Afirman en la nota que “el Ayuntamiento de Puente Genil cumple con la Ley, permanente y escrupulosamente, en cualquiera de los procedimientos que tramita. Por ello, lamentamos que se pretenda cuestionar el cumplimiento de la legalidad, con la única finalidad de servir a unos intereses particulares”. Le está informando GRUPO COMUNICA (Siga nuestras últimas ofertas en INTERNET-TV-TELFONIA).

Y en  cualquier caso, “queremos dejar claro que el agente de policía apartado de sus funciones, lo está en virtud de un expediente disciplinario iniciado con antelación y por motivos diferentes al proceso judicial del que resultó absuelto al anterior Jefe de Policía Local”. Por otro lado que “no hay sentencia judicial alguna que obligue al Ayuntamiento a la readmisión del agente apartado de sus funciones, NINGUNA; y no es una sentencia judicial el documento que exhibe públicamente, para pedir la readmisión. Y en el caso  contrario,” sí hay una sentencia firme, la nº 285/2015 de fecha 17 de julio de 2015, por la que se mantiene la suspensión de empleo y sueldo al Sr. Tejero, y se vincula la duración de la medida de suspensión a un proceso penal abierto en el Juzgado de Puente Genil. No hay sentencia que obligue a la readmisión y, por tanto, ningún tipo de incumplimiento de la legalidad por parte del Ayuntamiento”.

En aplicación de la Ley, el Ayuntamiento “mantiene el pago del salario mensual que le corresponde al policía apartado de sus funciones, según la normativa”. Y continúan “estando sometida la medida cautelar a la duración de un proceso penal, y paralizado el expediente disciplinario por esa razón, serán los jueces los que deban resolver cuanto antes este proceso”.

En última instancia “el Ayuntamiento de Puente Genil se reserva el derecho de emprender acciones penales y civiles contra todas las personas que han insultado y menoscabado la integridad moral de nuestro pueblo, al demostrar un comportamiento totalmente inaceptable en una sociedad democrática como la nuestra”.

Finalmente,” el gobierno municipal reconoce y agradece el comportamiento ejemplar de la ciudadanía de Puente Genil que, una vez más, ha sabido responder con serenidad y buen hacer a las provocaciones y ofensas de las que está siendo objeto injustamente. Reiteramos nuestro reconocimiento y apoyo a la sociedad pontana al completo; e invitamos al resto de grupo políticos y demás instituciones representativas, a que se sumen al contenido de este comunicado”.

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