[text-blocks id=”30846″ slug=”comunica-publi”]En 2015, último año del que se tienen datos cerrados tanto de vías urbanas como interurbanas, el 22% (159) de los fallecidos usuario de turismo y furgonetas no utilizaban el cinturón de seguridad en vía interurbana.
Respecto a los heridos hospitalizados el 10% no llevaba puesto el cinturón de seguridad en el momento del accidentes en el caso de las vías interurbanas y el 14% en los accidentes ocurridos en urbanas.
Los datos provisionales de 2017 contabilizan 7 fallecidos en Córdoba que no hacían uso del cinturón de seguridad cuando viajaban como conductores o pasajeros de turismos.
Con estos datos, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, y las policías autonómicas y locales que se sumen a la campaña, incrementarán durante esta semana la vigilancia del uso del cinturón de seguridad y de los sistemas de retención infantil tanto en vías interurbanas como en urbanas, ya que el uso del cinturón en las vías urbanas es menor al que se hace en vías interurbanas.
IDEAS GENERALES
- El uso del cinturón de seguridad y de los SRI es obligatorio para todos los ocupantes de un vehículo, en cualquier trayecto (bien sea corto o largo) y en cualquier vía (urbana o interurbana).
- Es un elemento básico y fundamental de la seguridad vial y su uso ha salvado miles de vidas. Según diversos estudios de la Unión Europea, abrocharse el cinturón de seguridad cuando se viaja en un vehículo salvaría la vida a más de 7.000 personas en la Unión Europea cada año.
- Protege tanto de salir despedido del habitáculo, como de impactar contra el parabrisas.
- Su uso en los asientos traseros es fundamental. En un impacto frontal, la probabilidad de que un ocupante de los asientos de atrás golpee mortalmente a otro pasajero de los asientos delanteros se multiplica por ocho
- Un choque frontal a 80 km/h sin llevar puesto el cinturón de seguridad, suele llevar aparejado la muerte o lesiones graves.
EL TRASLADO DE LOS MENORES, RESPONSABILIDAD DEL ADULTO
Los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm que se desplacen en vehículo, además de viajar con el sistema de retención infantil adecuado a su talla y peso como la norma exige, deberán ir sentados obligatoriamente en los asientos traseros de los vehículos, excepto:
- Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros
- Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características
- Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.
Solamente en estos casos, los menores podrán ocupar el asiento delantero del vehículo, pero siempre utilizando el sistema de retención homologado a su talla y peso.
Según el Reglamento de Circulación, los sistemas de retención infantil se instalarán en el vehículo siempre de acuerdo con las instrucciones que haya facilitado su fabricante, instrucciones en las que se indicará de qué forma y en qué tipo de vehículos se pueden utilizar de forma segura.