La Dirección General de Tráfico (DGT) implementará desde el 1 de octubre de 2026, una profunda reforma en el Reglamento General de Circulación con el objetivo de reducir la siniestralidad y garantizar una movilidad segura y compartida.
Esta batería de medidas introduce estrictas obligaciones para patinetes, ciclistas y motoristas, al tiempo que redefine la prioridad y el comportamiento de los turismos ante situaciones de emergencia o vulnerabilidad en la vía.
A continuación, detallamos los cuatro bloques principales de cambios que marcarán la convivencia en las carreteras españolas:
1. Vehículos de Movilidad Personal (VMP): Adiós al vacío legal
Los patinetes eléctricos y otros VMP se enfrentan a una regulación mucho más estricta para profesionalizar y asegurar su uso en entornos urbanos:
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Edad mínima: Se fija el acceso legal a estos vehículos a partir de los 15 años.
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Equipamiento obligatorio: Será obligatorio el uso de casco de protección y alumbrado siempre encendido. El chaleco reflectante pasa a ser obligatorio por la noche o en condiciones de escasa visibilidad.
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Repartidores y riders: Quienes utilicen el VMP, bicicleta, ciclomotor o motocicleta para trabajar como riders deberán llevar el casco y el chaleco reflectante en todo momento.
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Restricción de vías: Se prohíbe su circulación fuera de poblado, salvo que existan vías específicamente habilitadas y segregadas del tráfico (como carriles bici señalizados).
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Sanciones: Incumplir la normativa del casco o del chaleco se considerará una infracción grave y conllevará una multa de 200 €.
2. Ciclistas: Mayor protección y distancia de seguridad
Las modificaciones buscan blindar al ciclista, obligando al resto de conductores a extremar las precauciones:
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Casco obligatorio: Se suprimen las exenciones previas; todos los ciclistas deben llevar casco en vías interurbanas.
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Maniobras de adelantamiento: Al adelantar a una bicicleta en vía interurbana, los coches deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía. Si hay más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril manteniendo los 1,5 metros de separación lateral.
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Distancia de seguimiento: Los vehículos que circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril tendrán que mantener una distancia mínima de seguridad de 5 metros.
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Circulación urbana: En ciudad, las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril. Además, en calles con límite de 30 km/h, los ayuntamientos podrán habilitar la circulación de ciclistas en doble sentido mediante señalización previa.
3. Usuarios de motocicletas y ciclomotores: Equipación y nuevas libertades
La seguridad de los motoristas se refuerza mediante la obligatoriedad de prendas técnicas acreditadas:
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Guantes y calzado obligatorio: Se exige el uso de guantes de protección homologados para conductor y pasajero en vías interurbanas, así como calzado cerrado obligatorio en todo tipo de vías. Circular sin ellos supondrá una infracción grave con multa de 200 €.
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Cascos certificados: Los usuarios de ciclomotores deberán utilizar obligatoriamente cascos homologados y no solo certificados.
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Uso del arcén en atascos: Como medida de fluidez, en situaciones de congestión de tráfico, las motocicletas podrán circular por el arcén derecho a un máximo de 30 km/h en los tramos debidamente señalizados.
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Uso del cinturón: Se recuerda la obligatoriedad del cinturón de seguridad para taxistas, repartidores y vehículos de autoescuela.
4. Vehículos de emergencia y otros cambios normativos
La reforma introduce el concepto de “carril de emergencia” y regula la aproximación a zonas conflictivas:
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Creación del carril de emergencia: En caso de retención o atasco, cuando el tráfico se detenga o circule a paso de peatón, los conductores deberán orillarse a los lados para dejar un espacio central libre destinado al paso exclusivo de la policía y los servicios de emergencia.
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Rebasamiento de vehículos inmovilizados: Al pasar junto a vehículos parados por accidente, avería, auxilio o mantenimiento, será obligatorio dejar 1,5 metros de separación lateral y reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía.
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Conducción con nieve: En autopistas y autovías bajo condiciones de nieve, quedará prohibido adelantar y se obligará a circular estrictamente por el carril derecho.
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Nuevos criterios urbanos: Las ciudades establecerán nuevas directrices para regular los semáforos peatonales, el diseño de caminos escolares seguros y el estacionamiento de autocaravanas.
Aunque la gran mayoría de estas normas entran en vigor de forma general el 1 de octubre de 2026, la DGT ha establecido un margen de adaptación para ciertos elementos técnicos. El alumbrado obligatorio de los VMP y el casco homologado para ciclomotores no serán exigibles hasta el 1 de octubre de 2027, mientras que la obligatoriedad total de los guantes homologados quedará supeditada al desarrollo de una futura orden ministerial.









